Informe Motivado I+D+i: cómo blindar la deducción de tu proyecto de IA
Tu equipo lleva meses entrenando modelos, ajustando arquitecturas y resolviendo problemas que ningún proveedor del mercado sabía resolver. La pregunta que debería quitarte el sueño no es solo si funciona, sino si Hacienda reconocerá ese esfuerzo como I+D+i. Según el artículo 35 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS), la deducción por actividades de I+D alcanza el 25% de los gastos del ejercicio y hasta el 42% sobre el exceso respecto a la media de los dos ejercicios anteriores. La diferencia entre aplicar esa deducción con seguridad jurídica total o exponerte a una comprobación de la Agencia Tributaria tiene un nombre concreto: el Informe Motivado Vinculante (IMV).
En este artículo explicamos cómo saber si tu proyecto de inteligencia artificial califica como I+D o como Innovación Tecnológica, quién emite el informe motivado, qué tipos existen, por qué es vinculante para Hacienda y cómo monetizar la deducción aunque tu empresa no tenga cuota suficiente.
¿Qué es un informe motivado vinculante y por qué lo necesita tu proyecto de IA?
Un informe motivado vinculante es el documento que califica oficialmente una actividad como I+D o como Innovación Tecnológica a efectos fiscales y que obliga a la Agencia Tributaria a aceptar esa calificación. Lo emite, sobre la base de un certificado previo, una entidad certificadora acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación). Una vez en vigor, Hacienda no puede cuestionar ni la naturaleza del proyecto ni los gastos asociados que el informe ha validado.
Para un proyecto de IA esto es decisivo. La deducción fiscal por I+D es una de las más generosas del ordenamiento español, pero también una de las más revisadas. El IMV traslada el riesgo técnico de tu balance a un dictamen respaldado por una acreditación oficial. Si construyes un sistema de IA con componentes genuinamente novedosos —nuevos algoritmos, modelos entrenados para resolver problemas sin solución comercial conocida, arquitecturas propias— el informe motivado convierte una deducción "probable" en una deducción "blindada".
Key takeaway: sin Informe Motivado Vinculante, tu deducción de I+D+i depende de cómo interprete tu proyecto un inspector. Con IMV, la calificación es vinculante para Hacienda y el riesgo de regularización desaparece.
Tu proyecto de IA, ¿es I+D o Innovación Tecnológica?
La distinción no es semántica: determina el porcentaje que recuperas. La Ley 27/2014 reserva los porcentajes altos a la I+D y aplica uno menor a la Innovación Tecnológica (IT).
- I+D (art. 35.1 LIS): existe cuando hay novedad objetiva y se busca resolver una incertidumbre científica o tecnológica que no se puede despejar con el conocimiento disponible. Un modelo de IA entrenado para una tarea sin solución comercial previa, una arquitectura algorítmica nueva o una investigación sobre técnicas de aprendizaje no resueltas suelen encajar aquí. Deducción: 25% de los gastos del ejercicio y 42% sobre el exceso respecto a la media de los dos ejercicios anteriores.
- Innovación Tecnológica (art. 35.2 LIS): existe cuando hay novedad subjetiva —el resultado es nuevo o mejorado para tu empresa o el mercado, pero no implica avance científico— como integrar modelos de IA ya existentes en un producto, o aplicar tecnología conocida de forma novedosa para tu organización. Deducción: 12% de los gastos.
La buena noticia: muchos proyectos de IA combinan fases de I+D (los componentes realmente novedosos) y fases de IT (la integración y el despliegue). Una buena calificación separa correctamente ambos bloques para que cada euro se deduzca al porcentaje que le corresponde.
Incentivos adicionales que se acumulan a la deducción
La deducción base no es el único incentivo. Sobre la actividad de I+D se suman:
| Concepto | Porcentaje adicional | Base sobre la que se aplica |
|---|---|---|
| Personal investigador cualificado | +17% | Gastos de personal adscrito en exclusiva a I+D |
| Inversiones afectas a I+D | +8% | Inmovilizado material/intangible (excluidos edificios y terrenos) |
| Bonificación Seguridad Social (RD 475/2014) | 40% | Aportaciones empresariales por contingencias comunes del personal investigador en exclusiva a I+D+i |
La bonificación del 40% en la Seguridad Social es compatible con la deducción fiscal en los términos del Real Decreto 475/2014: las PYMES con el sello "PYME Innovadora" o las EBT pueden compatibilizarlas directamente; el resto, mediante informe motivado. Lo desarrollamos en detalle en bonificaciones de Seguridad Social del personal investigador.
¿Quién emite el informe motivado y cómo se obtiene?
El circuito tiene dos pasos. Primero, una entidad certificadora acreditada por ENAC evalúa el proyecto y emite un certificado técnico sobre la calificación de la actividad y la identificación de los gastos. Con ese certificado, se solicita el informe motivado al órgano competente (Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades o CDTI, según el caso), y ese informe es el que tiene carácter vinculante para la Agencia Tributaria.
La acreditación ENAC es la clave del sistema: garantiza que la entidad tiene competencia técnica y científica reconocida para juzgar proyectos de I+D+i, y por eso su dictamen ofrece confianza al sistema fiscal. No vale cualquier consultoría; el certificado debe proceder de una entidad acreditada.
¿Cuándo conviene solicitar el informe motivado?
Conviene planificarlo antes de cerrar el ejercicio fiscal en el que vas a aplicar la deducción. Existen modalidades de contenido (calificación del proyecto) y de contenido y ejecución (que añaden los gastos de un ejercicio concreto), y modalidades a posteriori frente a ex ante. La elección depende de si quieres seguridad sobre la naturaleza del proyecto desde el diseño o de si certificas gastos ya ejecutados. Una entidad especializada te orientará sobre la modalidad óptima según el calendario de tu proyecto de IA.
Tipos de informe motivado: ex ante, contenido y ejecución, a posteriori
No todos los informes motivados sirven para lo mismo. Elegir bien evita pagar por una certificación que no protege lo que necesitas.
| Tipo de informe | Qué certifica | Cuándo usarlo |
|---|---|---|
| Ex ante (contenido) | La calificación del proyecto como I+D o IT antes de ejecutarlo | Proyectos plurianuales de IA donde quieres seguridad sobre la naturaleza desde el diseño |
| Contenido y primera ejecución | La calificación más los gastos del primer ejercicio de referencia | Proyectos en marcha que ya han incurrido en gastos deducibles |
| A posteriori | La calificación y los gastos de actividades ya ejecutadas | Ejercicios cerrados sobre los que se va a aplicar o regularizar la deducción |
Para un roadmap de IA que se extiende varios años —típico cuando entrenas modelos propios o desarrollas una plataforma— el informe ex ante de contenido ofrece la máxima tranquilidad: sabes desde el inicio que el proyecto está bien calificado, y los informes de ejecución posteriores se apoyan en esa base.
¿Y si mi empresa no tiene cuota suficiente? La monetización (art. 39.2 LIS)
Esta es la pregunta que frena a muchas empresas innovadoras: "tengo gasto en I+D, pero no tengo beneficios para aplicar la deducción". La respuesta está en el artículo 39.2 de la LIS, que permite monetizar la deducción sin límite de cuota.
El mecanismo: en lugar de esperar a tener beneficios para aplicar la deducción, puedes aplicarla sin el límite habitual sobre la cuota íntegra, o incluso solicitar su abono a la Administración, aceptando un descuento del 20% sobre el importe. Es decir, una startup o una scaleup de IA en fase de inversión, sin beneficios todavía, puede convertir su deducción de I+D en liquidez efectiva.
Para monetizar hay que cumplir requisitos: mantenimiento de plantilla, reinversión en actividades de I+D+i y, de forma determinante, disponer del informe motivado. Aquí se cierra el círculo: el IMV no solo blinda la deducción frente a Hacienda, sino que es la llave que abre la monetización para empresas que aún no generan cuota.
CTA: si tu proyecto de IA está en fase de inversión y sin beneficios, la monetización del artículo 39.2 puede transformar tu deducción en caja. Habla con un experto en /es/contact para evaluar tu caso.
El informe motivado en el ecosistema de financiación de la innovación
La deducción fiscal y su IMV son una pieza de un puzzle mayor. En 2026, el CDTI movilizará más de 1.800 millones de euros a través de líneas como Misiones, Innterconecta-STEP, Cervera, Neotec e Innoglobal. Convocatorias como Neotec 2026 subvencionan hasta el 70% del presupuesto elegible (máximo 250.000 euros por beneficiario), y las Misiones Ciencia e Innovación 2026 alcanzan intensidades del 65% para gran empresa, 75% para mediana y 80% para pequeña.
La estrategia inteligente combina subvención y deducción a lo largo del ciclo de vida del proyecto, respetando las reglas de compatibilidad. Cómo encajar todas las piezas —ayudas, deducciones, bonificaciones e incluso operaciones de M&A— lo desarrollamos en nuestra guía de financiación de la innovación, I+D+i y M&A para empresas. Y si tu proyecto es de desarrollo de software, los matices de calificación están en deducción de I+D+i para desarrollo de software.
Desde el lado técnico, en Technova ayudamos a las empresas a construir los proyectos de IA que generan ese gasto deducible —desde la estrategia y el desarrollo en Data & IA hasta la capacitación de equipos con formación en IA— de forma que la documentación técnica que respalda la calificación sea sólida desde el primer día.
Por qué te conviene un partner especializado en certificación
Calificar correctamente un proyecto de IA, elegir la modalidad de informe motivado y documentar los gastos para resistir una comprobación no es trabajo improvisable. Requiere experiencia fiscal, técnica y conocimiento del circuito ENAC-Ministerio-CDTI.
En Technova colaboramos con Tecnocim Innova, partner en certificación de I+D+i precisamente para cubrir esa capa. Con más de 30 años de experiencia y una trayectoria avalada por fondos de la Unión Europea, el Ministerio de Industria y Turismo y la Escuela de Organización Industrial (EOI), Tecnocim Innova acompaña en consultoría estratégica, subvenciones de I+D, deducciones fiscales (recuperando hasta el 42% de la inversión en innovación), bonificaciones de Seguridad Social (hasta el 40%) y operaciones de M&A y transmisiones industriales. Su lema —"Estrategia con impacto, innovación con valor"— resume el enfoque: convertir el esfuerzo innovador en retorno financiero real, no en una promesa fiscal con riesgo.
Preguntas Frecuentes
¿Un proyecto de inteligencia artificial siempre cuenta como I+D?
No necesariamente. Cuenta como I+D cuando existe novedad objetiva y se resuelve una incertidumbre científica o tecnológica sin solución comercial conocida (por ejemplo, un algoritmo nuevo o un modelo entrenado para un problema no resuelto). Si solo integras modelos de IA existentes en un producto, suele calificar como Innovación Tecnológica (12%) en lugar de I+D (25%-42%). La calificación correcta la determina el informe motivado.
¿El informe motivado obliga realmente a Hacienda?
Sí. El informe motivado tiene carácter vinculante para la Agencia Tributaria. Una vez emitido sobre la base de un certificado de entidad acreditada por ENAC, la Administración no puede cuestionar ni la calificación del proyecto como I+D/IT ni los gastos que el informe ha validado, lo que aporta seguridad jurídica total al aplicar la deducción.
¿Quién puede emitir el certificado para el informe motivado?
El certificado técnico previo debe emitirlo una entidad certificadora acreditada por ENAC. Con ese certificado se solicita el informe motivado al órgano competente (Ministerio o CDTI), que es quien lo emite con carácter vinculante. No cualquier consultora puede certificar: la acreditación ENAC es requisito del sistema.
¿Puedo recuperar la deducción si mi empresa no tiene beneficios?
Sí, mediante la monetización del artículo 39.2 de la LIS. Permite aplicar la deducción sin límite de cuota o solicitar su abono con un descuento del 20%, cumpliendo requisitos de mantenimiento de plantilla, reinversión en I+D+i y disponer del informe motivado. Es especialmente útil para startups y scaleups de IA en fase de inversión.
¿La deducción de I+D es compatible con la bonificación de Seguridad Social?
Sí, en los términos del Real Decreto 475/2014. La bonificación del 40% en las aportaciones empresariales por contingencias comunes del personal investigador dedicado en exclusiva a I+D+i es compatible con la deducción fiscal: directamente para PYMES con sello "PYME Innovadora" o EBT, y mediante informe motivado para el resto.
¿Qué tipo de informe motivado conviene a un proyecto de IA plurianual?
Para roadmaps de IA de varios años suele convenir el informe ex ante de contenido, que certifica la calificación del proyecto desde el diseño, complementado con informes de contenido y ejecución por ejercicio. Así obtienes seguridad jurídica sobre la naturaleza del proyecto antes de incurrir en grandes gastos y blindas cada ejercicio a medida que ejecutas.
Conclusión
Si tu empresa invierte en inteligencia artificial, probablemente estés generando gasto deducible que no estás recuperando del todo —o que recuperas asumiendo un riesgo evitable. La deducción de I+D+i del artículo 35 LIS, con sus porcentajes del 25% al 42% más los incentivos adicionales del 17% y el 8%, es uno de los instrumentos más potentes para financiar la innovación en España. Pero su valor real solo se materializa cuando se califica bien el proyecto y se blinda con un Informe Motivado Vinculante, y se complementa con la monetización del artículo 39.2 cuando aún no hay cuota.
No dejes que la incertidumbre fiscal devalúe el esfuerzo técnico de tu equipo. Habla con un experto de Technova en /es/contact y diseñemos juntos el proyecto de IA y la estrategia de calificación que conviertan tu innovación en retorno financiero blindado.
Fuentes: Agencia Tributaria; Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (arts. 35 y 39.2 LIS); Real Decreto 475/2014; CDTI (cdti.es); Zabala Innovation (zabala.es); ENAC – Entidad Nacional de Acreditación (enac.es); Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (ciencia.gob.es).





